La reciente decisión del Gobierno nacional de eliminar las compensaciones económicas que recibían las empresas de transporte de larga distancia por otorgar pasajes gratuitos ha encendido las alarmas en el Congreso de la Nación. El diputado nacional por Catamarca, Sebastián Nóblega, presentó un Proyecto de Resolución para exigir explicaciones urgentes al Poder Ejecutivo ante lo que considera una amenaza directa a los derechos de los sectores más vulnerables.
A través de sus redes sociales, el legislador manifestó su profunda preocupación: «Genera preocupación la decisión del Gobierno nacional de eliminar las compensaciones económicas que recibían las empresas de transporte de larga distancia que otorgaban pasajes gratuitos para personas con discapacidad».
Nóblega enfatizó que la medida impacta directamente sobre las familias más desprotegidas: «Sobre todo las personas trasplantadas o en lista de espera y los niños, niñas y adolescentes con cáncer no pueden quedar expuestos a una disputa económica entre el Estado y las empresas transportistas. Si el Estado decide retirar el reembolso, debe demostrar que cuenta con herramientas eficaces para asegurar la continuidad real, inmediata y no discriminatoria del beneficio. ¡Este es un derecho de las familias y personas con discapacidad!», sentenció.
El trasfondo de la polémica: la Resolución 28/2026
La iniciativa del diputado Nóblega apunta formalmente contra la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte (dependiente del Ministerio de Economía de la Nación), que dejó sin efecto el histórico régimen de compensaciones destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional.
Estas compensaciones se otorgaban para cubrir el costo de los pasajes gratuitos contemplados por tres leyes nacionales clave de protección social:
- Ley 22.431: Sistema de protección integral de las personas con discapacidad.
- Ley 26.928: Régimen de protección integral para personas trasplantadas o en lista de espera.
- Ley 27.674: Régimen de protección integral del niño, niña y adolescente con cáncer.
En los fundamentos de su presentación, Nóblega advierte sobre una trampa legal en la medida oficial: «La norma no deroga el derecho sustantivo a la gratuidad (…). Por el contrario, aclara que las empresas siguen obligadas a cumplir con esas normas. Sin embargo, al eliminar el reembolso, modifica los incentivos económicos del sistema y puede generar riesgos concretos de restricción, demora, opacidad o conflictividad en el acceso al beneficio».
«Preservar el derecho en el plano formal no garantiza, por sí solo, su efectividad material», detalla el texto del proyecto.
Los 12 puntos clave que el Gobierno deberá responder
El Proyecto de Resolución presentado por el legislador exige que el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Transporte y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), brinde un informe detallado que responda a los siguientes ejes:
- Informes Técnicos: Remisión de copias de los estudios de impacto económico y memorias de cálculo que sustentaron la eliminación de las compensaciones previas.
- Evaluación de la «Libertad Tarifaria»: Explicar cómo se evaluó que el régimen de libertad tarifaria (Decreto 883/2024) permitirá a las empresas privadas absorber el costo de la gratuidad sin resentir la calidad, frecuencias o disponibilidad de butacas.
- Estado de Cuentas: Detallar los montos devengados, pagados y pendientes de pago por el Estado a las empresas durante los períodos 2024, 2025 y 2026.
- Estadísticas de Emisión: Informar la cantidad exacta de pasajes emitidos en los últimos tres años, discriminando por tipo de beneficiario y acompañante.
- Análisis de Riesgo de Boicot: Explicar si existió una evaluación sobre el riesgo de que las empresas restrinjan, demoren o desalienten el acceso a pasajes gratuitos durante temporadas altas, fines de semana largos o en corredores de alta demanda.
- Cupos y Condiciones: Detallar las restricciones operativas que se aplicarán en la práctica a cada colectivo de beneficiarios.
- Garantía de Gratuidad: Explicar cómo se compatibilizará el fin del subsidio con la obligación legal de asegurar el traslado de los beneficiarios.
- Fiscalización y Auditoría: Qué herramientas de control informático y presencial implementará la CNRT para garantizar que las empresas cumplan con la entrega de pasajes en tiempo y forma.
- Protocolo ante Denuncias: Cuál es el plan de actuación rápida de la CNRT frente a negativas de las empresas para evitar que los pacientes o personas con discapacidad queden varados.
- Sanciones Históricas: Detalle de denuncias recibidas e infracciones aplicadas a empresas de transporte por incumplimientos en los últimos tres años.
- Transición: Qué tratamiento recibirán las deudas previas y los pasajes que ya habían sido reservados o emitidos antes de la vigencia de la Resolución 28/2026.
- Alternativas Menos Gravosas: Informar si el Ministerio de Economía evaluó otras opciones menos dañinas, como compensaciones focalizadas para traslados médicos directos, créditos fiscales o auditorías por pasaje efectivamente emitido.
Un reclamo de «Sensibilidad Institucional»
Nóblega concluye su pedido de informes apelando a la responsabilidad del Estado en el cuidado de la salud pública y la inclusión social. «La cuestión reviste especial sensibilidad institucional porque involucra a colectivos de protección reforzada. Las personas con discapacidad, las personas trasplantadas o en lista de espera y los niños, niñas y adolescentes con cáncer no pueden quedar expuestos a una disputa económica entre el Estado y las empresas transportistas», sentenció el diputado, solicitando además el acompañamiento de sus pares en la Cámara Baja para avanzar con este reclamo de manera urgente.






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